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Opinión - 22.07.2019

Tierra al asunto

El Supremo debe revisar la venta de casas madrileñas a un fondo buitre

Por razones políticas, sociales y de convivencia ciudadana, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas o el propio Ayuntamiento de Madrid deberían recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Sala de Enjuiciamiento del tribunal que absuelve a la exalcaldesa de Madrid Ana Botella y a siete miembros de su Consistorio de cualquier responsabilidad por la venta de 5.315 viviendas sociales a un fondo buitre de Blackstone en 2013. Al margen de la sucesión de sentencias contradictorias —una primera, de 27 de diciembre, ahora revocada, condenó a la alcaldesa por irregularidades y quebranto de las cuentas municipales— el recurso despejaría las dudas que suscitó aquella venta. La Administración municipal de Manuela Carmena consideró que la operación había causado un quebranto a las cuentas del Ayuntamiento de 127 millones. Teniendo en cuenta el impacto en la opinión pública de la operación, lo más conveniente para la higiene política es agotar las opciones procesales disponibles con el fin de evitar cualquier sospecha a la impunidad.

Renunciar al recurso ante el Supremo equivaldría a transmitir a los madrileños el mensaje de que se quiere echar tierra al asunto en una fase jurídica temprana. La operación de 2013, con independencia de su legalidad, sobre la que se han pronunciado ambas sentencias, constituyó una singularidad administrativa mal explicada. Las viviendas sociales tienen una función pública bien acotada, que es facilitar techo y cobijo a precios asequibles a ciudadanos o familias que no pueden acceder a un mercado libre. Vender 5.315 viviendas de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo (EMVS) a un fondo buitre equivale a pervertir tales objetivos públicos y entregar a la especulación inmobiliaria cruda y dura unos bienes municipales pagados con el dinero o el aval de los madrileños.

Un fondo buitre desarrolla una operativa contraria por definición a los objetivos sociales de la EMVS. El fondo compra en el mercado activos al borde de la quiebra, en este caso inmobiliarios, por un valor muy inferior al nominal y después presiona para conseguir el 100% del valor; ese es su margen de beneficio. Esa presión incluye, en el caso de activos inmobiliarios, subir los alquileres a los inquilinos con el fin de expulsarlos de la vivienda o bien alcanzar la rentabilidad esperada en la adquisición. En la promoción vendida por Ana Botella y su equipo municipal había 1.860 viviendas habitadas por familias necesitadas. Es difícil creer que quienes aprobaron la operación desconocían el modus operandi de los fondos especulativos.

El caso de Blackstone en 2013 refuerza la opinión de quienes sostienen que los fondos inmobiliarios en general necesitan una nueva regulación para mitigar los efectos de su operativa sobre el mercado de vivienda. Debería quedar claro al menos, si es necesario por ley, en qué condiciones puede venderse una promoción de viviendas a un fondo especulativo. Preferentemente nunca; pero si fuera necesario hacerlo, tienen que existir las garantías necesarias de que se cumplen los objetivos sociales de una iniciativa municipal. Por las razones expuestas, la venta de casas aprobada por Ana Botella y su equipo no debe ser zanjada apresuradamente; pide a gritos una explicación política y jurídica más profunda.

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