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Internacional/Mundo - 10.12.2018

La justicia europea sentencia que Reino Unido puede revocar unilateralmente el ‘brexit’

El dictamen sobre la reversibilidad del proceso se hace publico a veinticuatro horas del voto en la Cámara de los Comunes

La semana más crucial del ‘brexit’ ya está en marcha. En menos de veinticuatro horas la cámara de los comunes votará el acuerdo de divorcio entre la Unión Europea y el Reino Unido y lo hará con un mensaje muy claro del Tribunal de Justicia de la UE y nuevos argumentos políticos para aquellos que defienden la permanencia en el club: el divorcio es reversible y si el Reino Unido quiere dar marcha atrás al proceso todavía está a tiempo de hacerlo hasta el momento en el que se consume su salida sin necesidad de recibir el visto bueno del resto de Estados miembros.

«Cuando un Estado miembro ha notificado al Consejo Europeo su intención de retirarse de la Unión Europea como ha hecho el Reino Unido este Estado miembro es libre de revocar unilateralmente esta notificación», ha sentenciado la corte en pleno. Dicho de otro modo, Londres tiene la llave para detener el proceso y no necesita el permiso del resto de países de la UE. Según los jueces, esta posibilidad existe todavía ya que «el acuerdo no ha entrado en vigor» y el plazo de dos años a partir de la activación del artículo 50 del Tratado, que se cumplirá el próximo 29 de marzo, «no ha expirado» incluida cualquier posible prolongación. 

La revocación, en todo caso, debe ser decidida «tras un proceso democrático en el respeto de las reglas constitucionales nacionales» y la decisión, que debe ser «unívoca e incondicional», debe ser comunicada por escrito al Consejo Europeo. Tal revocación, tras una «decisión soberana» confirmaría que el Reino Unido seguiría siendo miembro de la UE «en los mismos términos» y que su «estatus» no cambiaría ya que el divorcio no se consumaría.

Derecho a cambiar de opinión

«La corte considera que sería inconsistente con los Tratados des de la UE forzar la salida de un Estado miembros que, habiendo notificado su intención de abandonar la UE, decide revocar la notificación a través de un proceso democrático», señala la sentencia. Es más, «condicionar ese derecho de revocación a la aprobación unánime del Consejo Europeo, tal y como proponen la Comisión y el Consejo, transformaría un derecho soberano unilateral en un derecho condicional que sería incompatible con el principio de que un Estado miembro no puede ser forzado a salir de la UE en contra de su voluntad».

El caso llegó a la mesa de los jueces europeos de la mano del alto tribunal de Escocia a raíz de una demanda presentada por varios diputados contrarios al ‘brexit’ que han conseguido este lunes un respaldo importante. Dada la relevancia de la decisión y tal y como permiten las normas de procedimiento, la corte europea accedió en octubre a examinar el caso por el procedimiento de urgencia lo que le ha permitido emitir una sentencia en un tiempo récord tras una vista celebrada el pasado 27 de noviembre y que ha culminado con un dictamen que añade nueva munición ante el debate y voto final en Westminster.

Recomendación del abogado general

La corte avala así el dictamen publicado hace una semana por el abogado general del Tribunal, Manuel Campos Sánchez Bordona que determinó que el Reino Unido puede revocar el artículo 50 del Tratado, que regula la salida de un Estado miembro y fija un plazo de dos años para negociarla, que se cumplirá el 29 de marzo de 2019. En su recomendación, el letrado apuntó que “el artículo 50 del Tratado admite la revocación unilateral de la notificación de la intención de retirarse de la Unión, hasta el momento en el que se concluya el acuerdo de retirada, siempre que la revocación se haya decidido de conformidad con las normas constitucionales del Estado miembro, se comunique de manera formal al Consejo Europeo y no suponga una práctica abusiva”. 

En su opinión, el abogado general también indicó que un Estado saliente debe poder cambiar decisión y que “condicionar la posibilidad de revocación a la adopción de una decisión unánime del Consejo Europeo sería incompatible con el artículo 50”. Es más, aumentaría el riesgo de que un país pueda salir de la UE en contra de su voluntad porque la decisión final escaparía de su control, soberanía y normas constitucionales. “Bastaría con que uno de los restantes 27 Estados miembros se opusiese a la revocación para que quedase frustrada la voluntad” del país que ha expresado la voluntad de permanecer, concluyó.

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