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España - 18.05.2019

La Fiscalía mantiene que los Mossos eran parte del plan rebelde del ‘procés’

Considera que la prueba testifical del juicio ha acreditado que facilitaron el referéndum y espera que los peritos certifiquen la malversación

La Fiscalía del Tribunal Supremo sostiene «punto por punto» las líneas maestras de su escrito provisional de calificación en el juicio del 'procés' secesionista catalán, que fue defendido al comienzo de la vista oral, en febrero pasado. La conclusión esta semana de la prueba testifical, después de que hayan desfilado más de 500 testigos en 40 sesiones y tres meses, no ha modificado la tesis del Ministerio Público sobre uno de los aspectos más abiertos al debate procedimental: el papel de los Mossos d'Esquadra en la estrategia rebelde.

Las fuentes jurídicas consultadas defienden con firmeza que los testigos del Ministerio Público han dado un espaldarazo a los argumentos de la acusación sobre la policía catalana, el «brazo armado» con sus 17.000 agentes del desafío secesionista del Govern de Puigdemont en otoño de 2017. En síntesis, que los Mossos formaron parte del «plan concertado» para facilitar la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre, con la idea de presionar al Estado y obligarle a negociar.

Esto es, tras escuchar a los testigos la Fiscalía mantiene que la cúpula política y policial del cuerpo de seguridad autonómico -con el mayor Josep Lluís Trapero a la cabeza- hizo todo lo posible para que las urnas fueran abiertas. Para ello, hicieron una planificación -los llamados «binomios» o parejas de agentes en cada punto de votación- que hacía inviable cumplir con la orden del Tribunal Superior de Cataluña.

Por lo tanto, para los acusadores no ha calado la distancia marcada con los políticos por Trapero y sus subordinados. De manera coordinada, los cinco mandos de los Mossos trataron de distanciarse del plan secesionista de Puigdemont. Detallaron las advertencias hechas a los dirigentes independentistas en la reuniones previas a la consulta, con revelaciones tan sonoras como la elaboración de un operativo de detención de los acusados si consumaban la declaración de la república catalana.

Además, defendieron la actitud de sus agentes el 1-O frente a las duras críticas de sus compañeros de la Guardia Civil y la Policía Nacional, cuya imagen visible fue el coordinador del dispositivo del referéndum, el coronel Diego Pérez de los Cobos. Las fuentes consultadas no creen tampoco que si se celebrara al final el careo entre éste y Ferrán López, número dos de los Mossos, debido a las diferentes versiones que dieron sobre el operativo, la tesis de la Fiscalía fuera a resentirse.

¿Comportamiento doloso?

Por otra parte, visto el desarrollo del juicio, era poco factible que el Ministerio Público se fuera a bajar del tren de la rebelión (delito contra el orden constitucional). Una estrategia, defiende, que tuvo cuatra patas: legal, política, social y violenta, en la que el «brazo armado» del 'procés' tuvo un destacado protagonismo «facilitando» la consulta. Como dijo el fiscal Fidel Cadena al comienzo de la vista, «dentro del plan concertado estaba previsto desde el principio el uso de la violencia con las murallas humanas y poniendo a los Mossos al lado de la rebelión».

Ahora bien, las fuentes consultadas distinguen entre la tesis acusatoria de la Fiscalía y la posibilidad real de modificar las calificaciones penales a los nueve acusados por rebelión en su escrito de conclusiones, que se presentará a mediados de junio. Es decir, que a la espera de las pruebas pericial y documental podría haber variaciones a la baja en las peticiones de penas.

En la actualidad, oscilan entre los 16 y los 25 años de prisión para los presuntos rebeldes, con tres escalones de responsabilidad penal (en la cúspide está Oriol Junqueras seguido de los 'Jordis' y Carme Forcadell, expresidenta del Parlament). Y en las conclusiones de la vista oral, los fiscales ya estudian posibles rebajas de varios grados para los cabecillas.

Para este delito solo cabe la comisión dolosa, sin que sea suficiente el dolo eventual, ya que el sujeto ha de ser consciente de que se alza para alguno de los fines contemplados en el artículo 472 del Código Penal. En caso de que no concurra el dolo pueden darse otros delitos como el de sedición o la conspiración para la rebelión, con penas menores.

De igual modo, la presencia de los peritos de Hacienda en el juicio será otro momento importante para sostener el delito de malversación. La última semana de mayo está prevista la declaración de varios funcionarios para determinar «el uso de fondos públicos destinados al referéndum». Otros expertos valorarán los locales empleados como centros de votación y frente a ellos estarán los peritos de las defensas para mantener que no se gastó dinero público.

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